| Idioma oficial | ![]() |
COLOMBIA
Art�culo 10.- El
castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los
grupos �tnicos son tambi�n oficiales en sus territorios. La ense�anza que se
imparta en la comunidades con tradiciones ling��sticas propias ser� biling�e.
COSTA RICA
Art�culo
76.- El espa�ol es el idioma oficial de la Naci�n.
CUBA
Art�culo
2.- Nombre, forma de Estado y forma de Gobierno.
ECUADOR
Art�culo 1.-
... El Estado respeta y estimula el desarrollo de todas las lenguas de los
ecuatorianos. El castellano es el idioma oficial. El quichua, el shuar y los
dem�s idiomas ancestrales son de uso oficial para los pueblos ind�genas, en los
t�rminos que fija la ley. ...
EL SALVADOR
Art�culo 62.- El idioma oficial de El Salvador es el castellano. El gobierno est� obligado a velar por su conservaci�n y ense�anza.
Las lenguas aut�ctonas que se hablan en el territorio nacional forman parte del patrimonio cultural y ser�n objeto de preservaci�n, difusi�n y respeto.
GUATEMALA
Art�culo 143.- Idioma oficial. El idioma oficial de Guatemala es el espa�ol. Las lenguas vern�culas, forman parte del patrimonio cultural de la Naci�n.
HONDURAS
Art�culo 6.- El idioma oficial de Honduras es el espa�ol. El Estado proteger� su pureza e incrementar� su ense�anza.
NICARAGUA
Art�culo 11.-
El espa�ol es el idioma oficial del Estado. Las lenguas de las Comunidades de la
Costa Atl�ntica de Nicaragua tambi�n atendr�n uso oficial en los casos que
establezca la ley.
PANAM�
Art�culo 7.- El
espa�ol es el idioma oficial de la Rep�blica.
Art�culo 78.- El Estado velar� por la defensa, difusi�n y pureza del idioma espa�ol.
PARAGUAY
Art�culo 140.-
DE LOS IDIOMAS
El Paraguay es un pa�s pluricultural
y biling�e.
Son idiomas oficiales el castellano y el guaran�. La ley establecer� las modalidades de utilizaci�n de uno y otro.
Las lenguas ind�genas, as� como las de otras minor�as, forman parte del patrimonio cultural de la Naci�n.
PER�
Art�culo 2.- Toda
persona tiene su derecho:
Art�culo 48.- Son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, tambi�n lo son el quechua, el aimara y las dem�s lenguas abor�genes, seg�n la ley.
VENEZUELA
Art�culo 9.-
El idioma oficial es el castellano. Los idiomas ind�genas tambi�n son de uso
oficial para los pueblos ind�genas y deben ser respetados en todo el territorio
de la Rep�blica, por constituir patrimonio cultural de la Naci�n y de la
humanidad.
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Costa
Rica | Cuba | El Salvador | Ecuador | Guatemala | Honduras | M�xico | Nicaragua
| Panam� |
Paraguay |
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